Declaración de Interes actividades Programa Bici sin Riesgo

. jueves, 20 de noviembre de 2008
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PROYECTO DE RESOLUCION

FUNDAMENTO

El día domingo 23 de noviembre se realizara el cierre del ciclo 2008 del programa Bici sin Riesgo organizado por la vecinal Nueva Argentina, la subcomisión de ciclismo de la vecinal, el programa Río Cuarto Saludable y la Federación Universitaria de Río Cuarto. Este programa tiene como objetivo central que los chicos salgan de la calle, tengan una recreación sana y saludable y puedan acceder a un deporte.

Programa de actividades

16:30 hs. Comienzo de la bicicleteada
20:00 hs. Introducción y presentación
20:15 hs. Presentación del grupo Cosa de Duendes
20:50 hs. Presentación del video prevención de adicciones
21:00 hs Entrega de plaquetas y homenajes
22:00 hs. Entrega de premios a los ciclistas
22:30 hs. Comida y descanso
23:30 hs. Presentación del video de la bicicleteada
24:00 hs. Cierre con sorteos y show en vivo

Por las razones expuestas se solicita al cuerpo la aprobación del dispositivo de resolución que se acompaña al momento de su tratamiento en la sesión plenaria en los términos que allí se establecen, a saber:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE RÍO CUARTO

RESUELVE

Articulo 1°: DECLARAR, de interés Municipal la actividades de cierre del ciclo 2008 del programa Bici sin Riesgo, organizado por la vecinal Nueva Argentina, la subcomisión de ciclismo de la vecinal, el programa Río Cuarto Saludable y la Federación Universitaria de Río Cuarto, que se desarrollaran el domingo 23 de noviembre del corrientes.

Articulo 2°: De Forma.-

DECLARAR, de interés Municipal la 1º JORNADA DEL SUR CORDOBES: “DEMENCIAS: CONCIENTIZACION Y NUEVAS POLITICAS DE SALUD

. miércoles, 19 de noviembre de 2008
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PROYECTO DE RESOLUCION

FUNDAMENTO

La Enfermedad de Alzheimer es tal vez la más importante enfermedad neurodegenerativa por su presencia y naturaleza destructiva, a tal punto de constituir un grave problema de Salud Pública. La enfermedad de Alzheimer es la más común de las demencias; científicamente, se define como tal. Esta enfermedad fue descrita por vez primera en 1907 por el médico alemán Alois Alzheimer, de quien tomó su nombre. La enfermedad es irreversible y hasta el momento no se conoce cura alguna. Se sabe que ésta va destruyendo poco a poco las neuronas del cerebro, el paso de información entre las células y por ende, el contacto con el mundo.

Es la principal causa de demencia en la vejez. . Sin embargo, el aumento de la expectativa de vida hizo que aparecieran estas manifestaciones en la población más vieja (demencia senil). Una enfermedad neurodegenerativa es una alteración en la estructura y función del SNC de inicio insidioso y curso lento y progresivo (mucho más lento que las enfermedades hereditarias metabólicas, a tal punto que el paciente o los familiares no recuerdan el inicio preciso).

El Alzheimer (pronunciado Alz-jai-mer) es una enfermedad progresiva y degenerativa del cerebro la cual provoca un deterioro en la memoria, el pensamiento y la conducta de la persona. La enfermedad de Alzheimer produce una disminución de las funciones intelectuales lo suficientemente grave como para interferir con la capacidad del individuo para realizar actividades de la vida diaria.

El Concejo Deliberante de Río Cuarto y el grupo ALMA, organizan la 1º JORNADA DEL SUR CORDOBES: “DEMENCIAS: CONCIENTIZCION Y NUEVAS POLITICAS DE SALUD”, bajo el Slogan: No olvidemos a quienes no pueden recordar que se desarrollará el día 28 DE Noviembre de 2008. Destinatario: Intendentes de Córdoba, legisladores provinciales, concejales, U.N.R.C., autoridades provinciales.

Objetivos de la jornada:
• Originar en la comunidad una mayor concientización y puesta en marcha de políticas de salud destinadas a la población con demencia.
• Transmitir los derechos del paciente con demencia: Certificado de Discapacidad y sus beneficios.
• Promover el trabajo del Grupo A.L.M.A.
• Fomentar la creación de un Centro de Día para personas con Demencias.

Por las razones expuestas se solicita al cuerpo la aprobación del dispositivo de resolución que se acompaña al momento de su tratamiento en la sesión plenaria en los términos que allí se establecen, a saber:


EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE RÍO CUARTO

RESUELVE

Articulo 1°: DECLARAR, de interés Municipal la 1º JORNADA DEL SUR CORDOBES: “DEMENCIAS: CONCIENTIZACION Y NUEVAS POLITICAS DE SALUD”, bajo el Slogan: “No olvidemos a quienes no pueden recordar”, organizado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de Río Cuarto y el Grupo Almas, que se desarrollará el día 28 de Noviembre de 2008 en nuestra Ciudad.-

Articulo 2°: De Forma.-

Cyberlectores a favor de ampliar la licencia por paternidad - lv 16

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Cyberlectores a favor de ampliar la licencia por paternidad
Lo reveló el 78% de los que participaron en la encuesta de LV16.com. La iniciativa fue presentada por el bloque oficialista del Concejo. El beneficio será para los empleados municipales.

Pocos momentos son más intensos y complicados que el nacimiento de un hijo. Si se trata del primero, la novedad de convivir con un bebé puede resultar absolutamente impredecible en sus consecuencias. Y si no es el primero, hay que lidiar con una organización familiar cada vez más compleja.

Además, las modificaciones experimentadas en los roles masculinos y femeninos, hacen que hoy tener un hijo no sea solo una cuestión de la madre. Muchos padres participan activamente de la crianza y son protagonistas de todos los procesos que ésta implica a lo largo del tiempo.

La iniciativa de ampliar la licencia por paternidad para los empleados municipales fue presentada por la concejala oficialista del bloque "Todos por Río Cuarto", Graciela Cappellari de Saracho. Según la funcionaria, deben darse 15 días corridos posteriores al nacimiento del bebé, "para que el padre pueda tener una presencia activa".

Bajo la consigna: ¿está de acuerdo con que se amplíe la licencia por paternidad?; los cyberlectores de LV16.com respondieron de la siguiente manera:


Sí………………..78%


No………………19%


Ns/Nc…………..3%

FUENTE: Staff LV16.com

Proyecto modificacion Ordenanza 282/92 sobre licencias Maternidad y Paternidad

. miércoles, 12 de noviembre de 2008
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PROYECTO DE ORDENANZA

FUNDAMENTO

En nuestra ciudad los agentes municipales se rigen por la Ordenanza 282/92 “Estatuto del Personal de la Administración Pública Municipal”. Esta ordenanza prevé solo 2 días de licencia por paternidad. Esta Ordenanza no tiene especificaciones relacionadas con la adopción, adopción de niños/as discapacitados, nacimiento de hijo discapacitado, parto múltiple, el Nacimiento pretermino, la licencia para el padre en caso de muerte de la madre del hijo o de la hija del agente en ocasión o como consecuencia del parto.

Este Proyecto de Ordenanza, recepta los cambios que han afectado los roles materno y paterno al momento de nacer o adoptar un niño o una niña, siendo los argumentos que lo sustentan los siguientes:

a) En primer lugar, la maternidad no forma parte del destino insoslayable de las mujeres. El transformarse en madres no constituye necesariamente la esencia ni el "único espacio de realización y satisfacción plena" de la vida de la mujer. Por el contrario, la maternidad es una elección dentro de un abanico diverso de opciones que posee una mujer. Por ende, medidas como las contempladas en este proyecto de ley refuerzan la posibilidad de una decisión libre que garantice la estabilidad en el empleo para mujeres que hayan optado por tener hijos/as, colocándolas en igualdad de condiciones con aquellas que hayan decidido no tenerlos/as y, fundamentalmente, con los varones.
b) En segundo lugar, refuerza ó reinstala y recuerda a la sociedad que la reproducción humana no es ni una tarea ni una responsabilidad exclusivamente femenina. En primer término, es un acto que compromete por igual a las madres y a los padres. Pero, en segundo término, tampoco es una cuestión de un individuo, o de cada pareja o familia en particular. Son todos los adultos y las adultas de la sociedad las que deben responsabilizarse por el cuidado de las siguientes generaciones, especialmente en tanto sean niños y/ó niñas y adolescentes.

Las modificaciones y agregados planteados condicen con las obligaciones asumidas por la Argentina en los instrumentos internacionales, entre otros: la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer –con jerarquía superior a las leyes, reconocida por el artículo 75, inc. 22 de la Constitución Nacional de 1994- y la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer –celebrada en Beijing en 1995.

En este sentido, el Proyecto no hace otra cosa que adecuar una legislación laboral obsoleta y manifiestamente discriminatoria, a los mandatos constitucionales y a los compromisos internacionales en materia de Derechos Humanos.

La Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer establece en sus considerandos que teniendo en cuenta la importancia social de la maternidad y la función de los padres en la familia y en la educación de los hijos y que ésta última exige la responsabilidad compartida entre hombres y mujeres y la sociedad en su conjunto; y que para lograr la plena igualdad entre el hombre y la mujer es necesario modificar el papel tradicional tanto del hombre como de la mujer en la sociedad y en la familia, es necesario que los Estados Partes adopten medidas especiales (artículo 4º, inc. 2); como garantizar que la educación familiar incluya una comprensión adecuada de la maternidad como función social y el reconocimiento de la responsabilidad común de los hombres y las mujeres en cuanto a la educación y al desarrollo de sus hijos (artículo 5, inc. b) y alentar el suministro de los servicios sociales de apoyo necesarios para permitir que los padres combinen las obligaciones para con la familia con las responsabilidades del trabajo (artículo 11, inc. 2º, c). En igual sentido en el artículo 16 (inc. b y f) establece que los Estados Partes adoptarán todas las medidas adecuadas para eliminar la discriminación contra la mujer en todos los asuntos relacionados con las relaciones familiares y en particular asegurarán en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, los mismos derechos y responsabilidades como progenitores y como adoptantes, en materias relacionadas con sus hijos.

En congruencia con lo mencionado la Plataforma de Acción de la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer fomenta la armonización de las responsabilidades de las mujeres y los hombres respecto del trabajo y la familia, para lo cual los gobiernos deberán adoptar medidas para asegurar, ya sea mediante leyes, incentivos o estímulos que se den oportunidades adecuadas a las mujeres y los hombres para obtener licencias por maternidad o paternidad; promoviendo que las responsabilidades del hombre y la mujer respecto de la familia sean en pie de igualdad, incluso mediante leyes, incentivos o estímulos apropiados y promover que se facilite la lactancia a las madres trabajadoras.

Así mismo la Argentina ha aprobado en 1986 el “Convenio 156 sobre la Igualdad de oportunidades de trato entre trabajadores y trabajadoras con responsabilidades familiares” que en su artículo 3º establece que “las personas con responsabilidades familiares que desempeñen o deseen desempeñar un empleo ejerzan su derecho a hacerlo sin ser objeto de discriminación y, en la medida de lo posible, sin conflicto entre sus responsabilidades familiares y profesionales”. Esto se ve ratificado por lo dispuesto en los artículos 4º, 5º y 10º.

Lo mencionado hasta aquí es consecuente, inclusive, con la Convención sobre los Derechos del Niño -con jerarquía superior a las leyes, reconocida por el artículo 75, inc. 22 de la Constitución Nacional de 1994- la cual contempla en su artículo 18º que, los Estados Partes deben poner el máximo empeño en garantizar el reconocimiento del principio de que ambos padres tienen obligaciones comunes en referencia a la crianza y el desarrollo del niño/a, para lo cual se les prestará la asistencia apropiada con el fin de lograr el desempeño de sus funciones.

La idea es darle al papá más tiempo con los niños, para que tanto las mujeres como los hombres puedan compartir y dividir más equitativamente entre ellos el trabajo profesional y el cuidado de los niños.

Esto consagra un derecho de los niños a ser cuidados por ambos padres en sus primeros días de vida y de los padres a compartir esta etapa. Asimismo, supone erradicar la discriminación que padecían los padres adoptivos

La licencia por paternidad es un pasito más en el avance de la equiparación entre mujeres y varones en el cuidado de los hijos. Además, se sustenta en el derecho de los niños y las niñas recién nacidos a tener a su lado tanto a su mamá como a su papá. La inexistencia de este tipo de beneficio para los trabajadores varones acarrea un condicionamiento negativo para las mujeres en tanto las recarga de tareas como si éstas fueran exclusivamente femeninas

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE RIO CUARTO

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA:

ARTICULO 1º: Modificase el capitulo VIII “Licencia por maternidad de la Ordenanza 282/92 Estatuto del personal Municipal, que quedara redactado de la siguiente manera:

“CAPITULO VIII
LICENCIA POR MATERNIDAD Y PATERNIDAD

ARTICULO 90º.- DE LA MATERNIDAD

a) Se acordará licencia remunerada por maternidad de doce (16) semanas divididas en dos períodos, preferentemente iguales, uno anterior y otro posterior al parto, el último de los cuales no será inferior a doce (12) semanas. Los períodos son acumulables.

b) En los supuestos de parto múltiple, la licencia posterior al parto se incrementará en UNA SEMANAS por cada hijo o hija, a partir del segundo inclusive. Tendrá derecho a la licencia posterior al parto en toda la extensión prevista en este artículo, aun cuando su hija o hijo naciera sin vida.

c) En el Nacimiento pretermino, se acumulara la licencia posterior, todo el lapso de licencia que no se hubiese gozado antes del nacimiento de modo de completar las (16) semanas.

d) El nacimiento de un hijo con discapacidad, en tanto la misma se estime en un grado superior al 25% , se le otorgara a la madre el derecho a una licencia con goce de haberes de (3) meses desde el vencimiento del periodo de la licencia por maternidad.

e) En los procesos anormales, se aumentará el término de la licencia de acuerdo con lo establecido en el artículo 84º, o en su caso, el 85º, según corresponda.

f) El agente soltero o viudo o la agente que hubiera obtenido por resolución judicial la guarda con fines de adopción de un niño de hasta cinco (5) años de edad, gozará de una licencia remunerada de (16) semana.

g) En el supuesto de adopción múltiple este plazo se incrementará en UNA SEMANA por cada menor cuya guarda se haya otorgado, a partir del segundo inclusive.

ARTICULO 90º bis: DE LA PATERNIDAD:

a) Se acordará licencia remunerada por Paternidad de 15 días corridos después del nacimiento de su hijo o hija o de la obtención por resolución judicial la guarda con fines de adopción de un niño de hasta dos (5) años de edad. Tendrá derecho a la licencia posterior al parto en toda la extensión prevista en este artículo, aun cuando su hija o hijo naciera sin vida.

b) En los supuestos de parto o adopción múltiples, el plazo del párrafo anterior se incrementará en UNA SEMANA por cada hija o hijo, a partir del segundo inclusive.

c) En caso de muerte de la madre del hijo o de la hija del agente en ocasión o como consecuencia del parto, el periodo de licencia será de (8) Semanas. Tendrá derecho a la licencia posterior al parto en toda la extensión prevista en este artículo, aun cuando su hija o hijo naciera sin vida.

d) El nacimiento de un hijo con discapacidad, en tanto la misma se estime en un grado superior al 25% , se le otorgara al padre el derecho a una licencia con goce de haberes de (15) días desde el vencimiento del periodo de la licencia por Paternidad.


ARTICULO 91º.- A petición de parte y previa certificación de la necesidad, por el organismo médico que así lo aconseje, deberá acordarse cambio de tareas a partir de la concepción y hasta el comienzo de la licencia por maternidad.

ARTICULO 92º.- Toda madre de lactante tendrá derecho a optar por:

a) Disponer de dos descansos de una (1) hora cada uno para amamantar o alimentar a su hijo, en el transcurso de la jornada de trabajo.
b) Disminuir en dos (2) hora diaria su jornada de trabajo, ya sea iniciando su labor una hora después del horario de entrada o finalizándola una hora antes de la salida.
c) Disponer de una hora en el transcurso de la jornada de trabajo.

Los beneficios previstos en el presente artículo serán hasta que el hijo del agente cumpla un (1) año.

ARTICULO 2º: MODIFICASE, el Artículo 95 del CAPITULO XI - LICENCIAS ESPECIALES, que quedara redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO 95º.- Se acordará licencia con goce de sueldo, sin que sea impedimento para ello las necesidades del servicio, por el término de días laborables que en cada caso se indica y por las circunstancias que se detallan a continuación, las que deberán ser probadas fehacientemente por el empleado:

1º) Matrimonio legítimamente constituido en virtud de leyes argentinas.
a) Del empleado doce (15) días.
b) De sus hijos, dos (3) días.
2º) Por fallecimiento:
a) Del cónyuge, parientes consanguíneos o afines del primer grado y hermanos, incluso unilaterales, diez (10) días.
b) Del Hijo/a, quince (15) días.
b) De segundo grado, excepto hermanos, dos (2) días.
c) Otros familiares, hasta el cuarto grado, un (1) día.
3º) Enfermedad de un miembro del grupo familiar:
a) Para consagrarse a la atención de un miembro enfermo del grupo familiar constituido en el hogar o cuando el estado del paciente revista extrema gravedad, hasta veinte (20) días continuos por año calendario.
b) Se acordará hasta un máximo de veinte (20) días por año calendario, continuos o discontinuos, cuando el cónyuge del trabajador con hijos en edad infantil debe asistirse, en razón de su enfermedad, fuera del hogar y siempre que se compruebe fehacientemente no tener el trabajador otra persona familiar que pueda encargarse del cuidado de los niños en el hogar.
c) Se acordará hasta un máximo de veinte (20) días, continuos o discontinuos por año calendario, para atención de padres enfermos que habiten solos fuera del ámbito del hogar del empleado, cuando se compruebe fehacientemente ser éste el único que pueda hacerlo.
d) A los efectos de la concesión de estas licencias, se dará intervención al organismo médico, el que dispondrá el reconocimiento del enfermo y dictaminará lo que corresponda. Esta certificación será complementada por los Asistentes Sociales o Jefe, según se disponga.
4º) Mudanza: un (2) día.
5º) Donación de Sangre: un (1) día y hasta un (1) máximo de cuatro días por año calendario.
6) Atención de hijos menores.
a) El agente que tenga hijos de hasta TRECE (13) años de edad, en caso de fallecer la madre o el padre de los menores, tendrá derecho a TREINTA (30) día corridos de licencia con goce de haberes, sin perjuicio de la que le corresponden por fallecimiento.”

ARTICULO 3º: DE FORMA

DECLARAR de Interés comunitario el programa de Radio “DE JÓVENES A JÓVENES

. viernes, 7 de noviembre de 2008
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PROYECTO DE RESOLUCION

FUNDAMENTO:

A partir del año 2005 la iniciativa de presentar el proyecto “Derechos en el aire”, surge desde el Área de Niñez y Adolescencia de la Subsecretaria de Promoción Social; destinada a jóvenes entre 15 y 18 años de la ciudad de Río Cuarto, la misma pretendió promocionar en los adolescentes el derecho a opinar, a crear, participar, a sentirse miembros activos de la sociedad en que les toca vivir; en este espacio se intentó brindar herramientas que les permitieran a los jóvenes desarrollar su espíritu critico, un conocimiento real y actual de su entorno, de sus intereses particulares y de grupo, fomentando la posibilidad y el acceso real a distintas formas de difusión de sus derechos, posibilitando el acceso a los medios masivos de comunicación como forma de plantear sus necesidades, intereses e inquietudes.
En el mes de mazo de 2005, se realizó la presentación del Proyecto “Derechos en el aire” en distintos Centros Educativos secundarios de la ciudad y en organizaciones del tercer sector; fundaciones, organizaciones barriales, etc.; la propuesta tiene como destinatarios adolescentes que estén cursando el ciclo de especialización y adolescentes en general.
Respondieron a la convocatoria Centros Educativos con orientación en comunicación.
A mediados del mes de abril se da comienzo con las reuniones, estableciéndose 2 reuniones semanales de 2hs aproximadas, donde se trabajaran distintas propuestas, el proceso grupal y la producción del programa radial.
El grupo en este primer ciclo estuvo conformado por adolescentes (entre 13 y 17 años) pertenecientes a 3 Centros Educativos de la ciudad, el colegio Santa Eufrasia, IPEM Nº 28 e IPEM Nº 281 (15 adolescentes en total). También participan los alumnos del Colegio Santo Tomás, los mismos trabajaron diferentes temas en su institución y con la coordinación de un docente; produjeron y grabaron un bloque .
El Programa comenzó su emisión el día sábado 07 de mayo por Radio Universidad (97.7), de 15 a 16 hs.
Algunos de los temas tratados en el primer ciclo fueron:
Sexualidad, inseguridad, como toman los compromisos los jóvenes, las utopías, adicciones, bulimia - anorexia, los aportes de los jóvenes en la sociedad, valores, derechos, amistad, tribus urbanas, día internacional de la paz, la cultura de la noche etc.
Este primer ciclo del programa de jóvenes a jóvenes se sostuvo durante todo el año con una buena cantidad de participantes, realizando producciones ricas y variadas.

Segundo ciclo de jóvenes a jóvenes del año 2006 se realizó la convocatoria a partir del mes de marzo continuando con la misma modalidad del ciclo anterior , no obteniendo buenos resultados.
Finalmente en el mes de mayo se da comienzo a la emisión del programa radial de jóvenes a jóvenes con algunos de los integrantes de año anterior y la incorporación de jóvenes derivados de programas municipales.
El grupo poblacional que participo de dicho programa fueron jóvenes de 16 a 22 años. Durante el transcurso de este año 15 jóvenes han participado del mismo.
La producción del programa se realizó a través de 2 reuniones semanales (martes y jueves) con una duración de 3 horas semanales y la emisión del programa “De Jóvenes a Jóvenes” los días sábados de 15 a 16 hs en FM 97.7 Radio Universidad.
El grupo que integro el programa de jóvenes a jóvenes se caracterizó por ser un grupo donde primaba la resolución de conflictivas personales por sobre los aspectos técnicos específicos que requerían la emisión del programa. Por lo tanto se hizo hincapié en el acompañamiento de la resolución o ayuda en las problemáticas personales y grupales.
Fue dificultoso llegar construir un espacio propio dado que el nivel de instrucción, sexo, edades, intereses, expectativas en cuanto al proyecto y gustos que entraban en contra posición con los límites establecidos por la propia emisora.
El grupo, además, se caracterizo por la continua irregularidad en la asistencia de sus miembros a los encuentros pautados e incluso a la misma emisión del programa, sumado la movilidad de sus integrantes, no llegando a la conformación de un grupo productivo desde el punto de vista de la consecución de los objetivos planteados para el programa radial.

Durante el año 2007 se plantea el inicio de proyecto de jóvenes a jóvenes teniendo en cuenta los resultados y dificultades planteadas en el año anterior, de lo que surge realizar modificaciones en el mismo, fundamentalmente en los contenidos a desarrollar, ya que se pretende darle un perfil formativo y que se amplíe a otras formas de expresivas de comunicación.
Se parte de la premisa que Todos nos comunicamos; comunicarse es una experiencia sustancialmente humana que es asumida como parte de nuestra cotidianeidad. Comunicarse es vincularse, poner en común, compartir, intercambiar. La comunicación asumida como un trabajo especifico o relacionado con alguna tarea cultural, suele transformarse en producción de mensajes, manejo de instrumentos o canales, estrategias comunicativas.
Los medios son un poderoso instrumento de socialización , a la par de la familia, la escuela y el trabajo, que modelan los sentimientos, las creencias, entrenan los sentidos, ayudan a formar imaginación social; en síntesis, fomentan y facilitan ciertas construcciones mentales por donde transcurre luego el pensamiento de las personas de la sociedad.
A lo largo de la historia el hombre ha creado diferentes estilos para comunicarse los cuales pueden ser variados y útiles.
Para el tercer ciclo se plantea como objetivo general, brindar un espacio de capacitación a jóvenes de la ciudad que favorezca el pensamiento critico y la posibilidad de interacción entre pares, valorando aspectos positivos y potencialidades de cada uno de los participantes.
Se realizo la invitación a los colegios de nivel medio de la ciudad al igual que len los años anteriores, no dando un resultado esperado , si se logró realizar un acuerdo informal con el IPEM 26 del Barrio Alberdi, a través del programa Todos a Estudiar donde el taller de comunicación se suma como una de las alternativas de elección de los alumnos de dicho programa.
Es así que el taller da inicio a partir del 16 de mayo hasta el 1 de diciembre y como producto del mismo se realizo el programa radial “de Jóvenes a Jóvenes” emitido como en los ciclos anteriores por FM 97.7 Radio Universidad.
El grupo estuvo compuesto por siete jóvenes de los cuales cinco tuvieron asistencia regular a lo largo del taller evidenciándose notables progresos en el modo expresivo y comunicacional de los jóvenes.
Para ello se priorizó el trabajo cooperativo e integrador de los miembros participantes, tanto entre jóvenes, como de éstos con su/s coordinador/es y en de esta manera se fue asimilando un modo de conducta y convivencia democrático que respete la diferencia, la opinión...
Se establecieron vínculos con otras dependencias municipales, experiencias próximas, escuelas, instituciones, intercambios escolares, etc.
Se trabajo en iniciar a los jóvenes en la toma de conciencia de los problemas que afectan a la comunidad, el país y el mundo y en capacitarlos para percibir la multiplicidad de mensajes de los medios de comunicación.
Los jóvenes participantes han logrado adquirir herramientas para el desarrollo de la capacidad crítica, como garantía de adquisición del conocimiento y como sujetos capaces de hacer valer y respetar su opinión en diversos escenarios..
Para el logro de las metas planteadas se trabajo con la colaboración de una facilitadora del IPEM 26 (lic. en ciencias de la comunicación) y una alumna practicante de comunicación social de la UNRC además de la responsable del proyecto del área de niñez y adolescencia.
Se destaca como logro del proyecto haber enviado a sugerencia del director de la FM 97.7, una grabación del programa para la pre selección de los Martín Fierro del Interior de las producciones del año 2007 a realizarse en julio u agosto.
También se destaca que una de las integrantes utilizando herramientas de conocimiento incorporadas durante el taller le han permitido conseguir trabajo mas calificado que el que anteriormente tenían.
Y a nivel general se puede observar que cada uno de los integrantes han fortalecido tu autoestima, han aprendido a defender sus criterios personales y aumentado la capacidad crítica y mejorado la capacidad de trabajo grupal.
Durante el año 2008 da comienzo al cuarto ciclo del taller de comunicación “de Jóvenes a Jóvenes” el mismo esta integrado por dos jóvenes que asistieron el año anterior y se incorporaron cuatro nuevos jóvenes.
A la fecha del presente informe se ha trabajado en la conformación del grupo, la realización de una radio abierta en plaza roca colaborando con el proyecto “Colorin Colorado, Comamos Variado” del Area de Seguridad Alimentaria, la búsqueda de información sobre temas tales como maltrato infantil y maternidad adolescente y en la reformulación del programa radial.
Se plantea ampliar el tiempo de duración a una hora y se incluyen al tema central, moda, deporte, etc. procurando cambiar la dinámica y la estética del programa.
Desde el primer sábado del mes de septiembre se ha puesto en el aire nuevamente el programa en Radio Universidad 97.7 FM, en el horario de 16 a 17 horas.
Durante el mismo mes de septiembre se recibe la noticia de que el programa ha resultado nominado para el Martin Fierro Federal a la producción Radial 2007 en el Rubro Servicios, quedando compuesta la terna con:
CARRUSEL DE VIDA (FM 95.5 Comodoro Rivadavia – Chubut) DE JÓVENES A JÓVENES (Radio Universidad Nacional de Río Cuarto – Córdoba) ENLACE UNIVERSITARIO (Radio Universidad FM 95.7 – Mar del Plata) MADRE TIERRA (Radio Capital AM 1410 – Santa Rosa – La Pampa)
Por tal motivo viajaron al la ciudad de Salta dos de las jóvenes conductoras del programa, acompañadas por la responsable del Proyecto y la Coordinadora del Area, recibiendo el Martín Fierro nuestro programa.
Por las razones expuestas se solicita al cuerpo la aprobación del dispositivo de Resolución que se acompaña, al momento de su tratamiento en la sesión plenaria en los términos que allí se establecen, a saber:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE RIO CUARTO,

RESUELVE

ARTICULO 1º: DECLARAR de Interés comunitario el programa de Radio “DE JÓVENES A JÓVENES” que se emite por en Radio Universidad 97.7 FM, del proyecto “Derecho en el aire” dependiente del Área de Niñez y Adolescencia de la Subsecretaria de Promoción Social.

ARTICULO 2º: REALIZAR un reconocimiento al programa de Radio “DE JOVENES A JOVENES” que se emite por en Radio Universidad 97.7 FM, - destinada a jóvenes entre 15 y 18 años de la ciudad de Río Cuarto que tiene como objetivo promocionar en los adolescentes el derecho a opinar, a crear, participar, a sentirse miembros activos de la sociedad en que les toca vivir; brindar herramientas que les permitan a los jóvenes desarrollar su espíritu critico, un conocimiento real y actual de su entorno, de sus intereses particulares y de grupo, fomentando la posibilidad y el acceso real a distintas formas de difusión de sus derechos, posibilitando el acceso a los medios masivos de comunicación como forma de plantear sus necesidades, intereses e inquietudes-, por la obtención del premio Martín Fierro Federal a la producción Radial 2007 en el Rubro Servicios que les otorgó APTRA . a la vez que elogiar el trabajo que realiza el equipo periodístico integrado por agentes multiplicadores del Programa de Protección Familiar de la Municipalidad de la Ciudad, a favor de la comunicación por la prevención de adicciones entre los adolescentes de la comunidad, autorizando al Presidente de éste Concejo.

ARTICULO 3: AUTORIZAR a la presidencia del cuerpo para realizar un acto de reconocimiento, previsto en el articulo 2º de la presente resolución, y hacer entrega de una plaqueta y certificado a los integrantes.

ARTICULO 4: DE FORMA

Modifiacion Ordenanza 757/94

. jueves, 6 de noviembre de 2008
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PROYECTO DE ORDENANZA
FUNDAMENTO

El “Hogar María Madre de Dios”es una Institución que se dedica a brindar ayuda comunitaria desde hace varios años en la Ciudad de Río Cuarto. Por un lado, en su humilde albergue, el Comedor Hogar brinda un lugar limpio y seguro a aquellos que no tienen donde pasar la noche. Además, se les proveen elementos de higiene personal y comida.
Por otro lado, se entregan más de 250 raciones de comida por día. Para recibir la comida, es condición necesaria que algún integrante de la familia colabore al menos dos horas por semana en las tareas de dicha Institución. Así, la ayuda que el grupo familiar recibe adquiere un valor de una retribución a su propio esfuerzo. También, el hogar exige a las familias visitas médicas regulares de diferentes tipos como condición necesaria para recibir diariamente el alimento.
A su vez, a través de diferentes iniciativas, el Comedor Hogar brinda la posibilidad a cada familia para que pueda generar y obtener ingresos propios. Por ejemplo, con la venta de productos originados en la huerta, como verduras, hortalizas, especias aromáticas y lombricompuesto.
Esta modificación no incluye una nueva institución sino que se sustituye el lugar que ocupaba la Residencia Julia A. Roca que dejó de funcionar.
Por las razones expuestas, se solicita al cuerpo la aprobación del dispositivo de Ordenanza que se acompaña, al momento de su tratamiento en la sesión plenaria, en los términos que allí se establecen, a saber:


EL COCNEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE RIO CUARTO

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA



ARTÍCULO 1º.- MODIFICASE el Articulo 2 de la Ordenanza 757/94, y sus modificatorias, que quedara redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO 2º.- DESTINANSE los fondos que se obtengan de la explotación del Bingo Municipal a las siguientes Entidades benéficas:

a) Hogar de Ancianos San José
b) Asociación Cooperadora Escuela Especial Luciérnagas
c) Comisión Diocesana de Minoridad
d) Centro Corazón
e) COCAEN (Cooperadora Cristiana de Ayuda al Enfermo Necesitado)
f) ARCID (Asociación Riocuartense de Ayuda al Discapacitado Visual)
g) Fundación Maternidad Kowalk
h) LALCEC (Liga Argentina de Lucha contra el Cáncer)
i) Biblioteca Popular Mariano Moreno
j) Biblioteca Popular Domingo Faustino Sarmiento
k) Hogar Maria Madre de Dios
l) Taller Protegido Carolina Tobar García
m) Cottolengo Don Orione
n) Fundación Desafío
o) Cruz Roja Filial Río Cuarto
p) Hogar Residencia “Angeles Custodios”
q) Cooperativa de Trabajo para Personas con Discapacidad “Todos Juntos” Limitada
r) Biblioteca Popular Evaristo Segat
s) Centro de Asistencia al Suicida (Teléfono de la Esperanza)
t) Centro Riocuartense de Ayuda al Diabético”

ARTICULO 2°.- DISPONGASE, otorgase a la institución incorporada en el artículo 1º de la presente Ordenanza como inciso k, el 8% del monto total a distribuir.

ARTICULO 3°.- FACULTESE al DEM para que proceda a reordenar los porcentajes adjudicados a las instituciones destinatarias de los fondos a que se refiere el artículo anterior.

ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese