PROYECTO DE ORDENANZA
FUNDAMENTO
El 1 de diciembre de 2008 se celebrará el 20 aniversario del Día Mundial del Sida. Desde 1988, los esfuerzos que se han realizado para responder a la epidemia han dado resultados positivos. Sin embargo, el último informe de ONUSDA sobre la epidemia mundial de sida muestra que la epidemia todavía no se ha erradicado en ninguna parte del mundo.
Río Cuarto es un reflejo de las estadísticas mundiales y la cantidad de enfermos ha aumentado proporcionalmente al resto del mundo. Lo más importante es que desde hace unos años a esta parte hay gran cantidad de tratamientos retrovirales que permiten que el HIV haya pasado de ser una enfermedad mortal a una enfermedad crónica.
Hay que empezar a darnos cuenta, de que esta enfermedad no es una enfermedad sectorial, es una enfermedad que la puede contraer todo el mundo, niños, jóvenes, adultos ancianos, ricos, pobres, con o sin estudios, heterosexuales o homosexuales. Por que esta sociedad en la que vivimos trata de sectorizar por grupo social la enfermedad para sentirse excluida. Pero lo más importante es que nos demos cuentas que el sida no afecta a todos.
Hay casos testigos, en unas de las campañas para la realización del analices un joven común que estudia de tan solo 16 años contrajo la enfermedad. Y como sale hoy publicado en un medio local “La sociedad esta dormida frente al sida” dice La Doctora Roldán que hace muchos años viene trabajando sobre esta temática. Es necesario que podamos salir de ese estado y que despertemos para entre todos poder enfrentar esta pandemia que afecta al mundo.
Es necesario generar acciones conjuntas, interdisciplinarias, transversales para generar políticas publicas que tengas un fuerte impacto en la sociedad, pero además es necesario que este tipo de políticas sean sostenidas en el tiempo y por supuesto tengan los presupuestos necesarios, porque no basta con que le digamos a la gente que usen el preservativo. Es necesario que las personas tomen conciencia del valor que tiene el prójimo y el valor que tienen ellos mismos, por que sino jamás lo van a usar, por eso no es cuestión de entregar preservativos. Hay que crear y cambiar la conciencia social.
Más de 33 millones de personas infectadas con VIH/Sida en el mundo, de los cuales más de 2.000.000 son niños menores de 15 años. Unos 370,000 niños de menos de 15 años se infectaron con VIH en 2007. En nuestro país existen más 180.000 mil portadores del virus. Se estima que la transmisión del virus por vía sexual representa el 80 % de los casos notificados de Sida. 1.6 millones de latinoamericanos vive con VIH.
Según la estadística elaborada por la División Epidemiología del Ministerio de Salud de la Provincia, son 238 los pacientes con sida de Río Cuarto y de la región que acuden al Nuevo Hospital, sin tener en cuneta aquellos pacientes que se atiende en la parte privada.
En la última Conferencia Internacional de SIDA - AIDS 2008, se dijeron algunas reflexiones interesantes sobre la niñez, que es necesario tener en cuentas:
• "Ignorar las necesidades de los niños afectados por el VIH y continuar marginalizando a los grupos en mayor riesgo de infección solamente nos conducirá a nuevas infecciones y a menos cantidad de personas bajo tratamiento”, Dr. Luis Soto Ramírez, AIDS 2008
• "Si bien los niños infectados han tenido gran visibilidad en fotografías y en titulares sobre el SIDA, sus necesidades reales han sido pasadas por alto". Linda Richter, Human Sciences Research Council (HSRC)
• "La recomendación internacional que establece que las madres que viven con VIH no deben alimentar a sus bebés con leche materna para evitar la transmisión del virus por esa vía, es una medida que no toma en cuenta los factores sociales y culturales en que se desenvuelven las mujeres, así como tampoco toma en cuenta la posibilidad de sobrevivencia de los bebés durante los seis primeros meses de nacidos", Anna Coutsoudis, University of Natal.
Por ultimo, en nuestro país esta vigente la Ley 23798 denominada Ley Nacional de SIDA Argentina.
En 1995 se aprueba la Ley 24455 que establece la obligatoriedad para las Obras Sociales de ofrecer tratamientos médicos, psicológicos y farmacológicos a las personas con HIV.
En 1996, se aprueba la Ley 24754 que incorpora la atención de las personas con HIV por parte de las empresas de medicina prepaga.
De la Ley Nacional de SIDA se desprenden una serie de principios básicos que deben ser respetados por toda la población. Estos son:
1) Consentimiento informado
2) Confidencialidad
3) Veracidad
4) No discriminación
5) Acceso a la atención de la salud
Estos puntos no se cumplen en el sistema medico privado, y en esto hay que trabajar.
1) Consentimiento informado
Es un procedimiento que se debe desarrollar durante toda la relación médico-paciente, basado en el diálogo y el respeto mutuo. Implica brindar información al paciente de manera comprensible de manera que pueda decidir si se somete o no a la práctica médica. La información debe incluir el diagnóstico, los riesgos y beneficios del tratamiento y las alternativas terapéuticas. El consentimiento es una decisión libre que da el paciente y supone su comprensión sobre su situación de salud. Este proceso se realiza con una autorización escrita en los casos que lo exige la ley. En el caso del testeo por HIV, el paciente debe firmar dicha autorización antes de la extracción de sangre. Es necesario generar conciencia en el sistema de salud fundamentalmente en la parte privada para dar un estricto cumplimento a este punto que establece la ley
2) Confidencialidad
Es la obligación de guardar o no revelar la información obtenida en una relación de confianza. Esta obligación alcanza a todos los miembros del equipo de salud y a toda persona que conozca a una persona que tenga el virus.
3) Veracidad
Es la obligación de decir la verdad y no mentir o engañar en cuanto a la información sobre el estado de salud de una persona. Al mismo, tiempo, para recibir la información es necesario contar con la contención adecuada. Muchas veces pacientes que van a recibir su información en el sistema privado lo reciben en mano directamente del laboratorio sin la contención adecuada. Con todo el riesgo que esto tiene aparejado.
4) Discriminación
La discriminación consiste en la diversidad de tratamiento en cuanto a los derechos que se da a un determinado grupo, en este caso, a las personas que viven con HIV. La Ley Antidiscriminación Nro. 23.952, prohíbe cualquier forma de discriminación, quedando de este modo incluida cualquier práctica de exclusión arbitraria hacia las personas que viven con el virus.
5) Acceso a la atención de la salud
El acceso a la atención sanitaria en nuestro país está garantizado para toda la población y está incluido en la Constitución Nacional y en los Pactos Internacionales que ésta incluye a partir de 1994. Además, la Ley Nacional de SIDA obliga a las obras sociales y a la medicina prepaga a brindar tratamiento médico, farmacológico y psicológico a las personas que viven con HIV. Para aquellas personas que no tienen obra social o prepaga es el Estado, a través de los hospitales públicos, quién brindará la atención necesaria como así también la provisión de medicamentos.
Por las razones expuestas se solicita al cuerpo la aprobación del dispositivo de Ordenanza que se acompaña, al momento de su tratamiento en la sesión plenaria en los términos que allí se establecen, a saber
EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE RIO CUARTO,
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A :
ARTICULO 1º.- Desígnase con el nombre de “1 de diciembre - Día Internacional de la Lucha Contra el SIDA” al espacio público ubicado en Calle Julio Humberto Mugnaini al 600, en la Manzana 004, que colinda al este con parte del lote 18 y al Sur con los lotes 13, 16 y 17, adjuntándose a la presente como Anexo I plano del sector.
ARTICULO 2º.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

