Suspensión de habilitacion de Espectaculos Públicos

. jueves, 16 de abril de 2009
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PROYECTO DE ORDENANZA

FUNDAMENTO

En virtud de estar en tratamiento en el consejo Asesor de Planeamiento Urbano, modificaciones relacionadas con la localización de locales de espectáculos Públicos, y de estar en tratamiento el Proyecto de Creación del Código de Espectáculos Publico para la ciudad de Río Cuarto, por tal motivo es necesario suspender las habilitaciones en el centro y micro centro de la ciudad. Hasta la Aprobación de la legislación definitiva.

Por las razones expuestas, se solicita al Cuerpo la aprobación del presente dispositivo de Ordenanza que se acompaña al momento de su tratamiento en la sesión plenaria, en los términos que allí se establecen, a saber:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE RIO CUARTO SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA

ARTICULO 1º: Suspéndese, la habilitación, y todos los tramites iniciados a la fecha conducentes a ello, de locales de espectáculos públicos (Bares con espectáculos, Bares con pista de bailes, bares con karaoke, Púbs., Discos, Discos bar, Discotecas, Club Nocturno) dentro del perímetro delimitado por las calles: al Norte por Intendentes Dr. Jaime Gil e Intendente Humberto J. Mugnaini, al Este por las Heras y Boulevard Ameghino, al Sur Avenida Presidente Perón (C) y Avenida Presidente Perón (O), al Oeste por Dinkeldein., hasta la aprobación de las modificaciones al Código de Planeamiento Urbano, en relación a los Espectáculos Públicos.

ARTICULO 2º: Todas las habilitaciones que se otorguen fuera del perímetro delimitado por el articulo 1º, serán de Carácter Provisorio.

ARTICULO 3º: Todas las nuevas habilitaciones de “Confiterías Bailables” serán de carácter Provisorio, debiendo darse estricto cumplimiento a lo que establece el Capitulo VI, de la localización, de la Ordenanza 436/97.

ARTÍCULO 4: DE FORMA

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